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Nacionales Policiales
¿Así? ¿Tan rápido?.
Justicia le brinda a Astesiano la libertad anticipada, a un año y medio de la condena.
La jueza consideró que “existe bajo riesgo de reincidencia” y que el excustodio tuvo una buena conducta durante su tiempo en prisión.
Jueves, 12 de Septiembre del 2024 - 16:12 hs.             106
Justicia le brinda a Astesiano la libertad anticipada, a un año y medio de la condena.

La jueza letrada de Florida, Leticia Gutiérrez Aguinaga, resolvió este miércoles concederle la libertad anticipada al excustodio presidencial Alejandro Astesiano, quien fue condenado a cuatro años y medio de prisión en febrero de 2023 tras llegar a un acuerdo con la exfiscal Gabriela Fossati.

Según el fallo, al que accedió Montevideo Portal, Astesiano quedará sujeto a vigilancia de autoridad policial y deberá cumplir con condiciones impuestas por el artículo 102 del Código Penal (las de liberación condicional).

Tras llegar a un acuerdo abreviado (el acusado reconoció los delitos), Astesiano fue condenado en 2023 por los delitos de asociación para delinquir, tráfico de influencias, revelación de secretos y conjunción del interés público y privado.

En la resolución, la jueza que otorgó la libertad anticipada destacó que “existe bajo riesgo de reincidencia” y que el penado ha tenido buena conducta durante su tiempo en prisión, en la cárcel de Florida.

Según se consigna, el excustodio del presidente, Luis Lacalle Pou, no tuvo sanciones disciplinarias y realizó actividades para redimir su pena.

“Además, ha tenido buen relacionamiento con sus pares, con funcionarios penitenciarios, fue alojado en un sector de confianza (anexo chacra) donde la seguridad es mínima, ha gozado de sus salidas transitorias especiales (una con pernocte) en tiempo y forma acorde a derecho y cuenta con un proyecto de egreso a futuro. Se considera que se reúnen los requisitos para hacer lugar a la libertad anticipada en virtud del pronóstico de reinserción favorable a la sociedad”, señala el fallo.

Con respecto al informe técnico para tomar la decisión, la magistrada destaca que “existen pocas probabilidades de que el penado vuelva a delinquir una vez retorne a la comunidad al haberse indicado un riesgo bajo de reincidencia que contempla el estudio de daño severo hacia terceros como hacia sí mismo”.

“El ofensor se da cuenta de que su conducta es un problema e identifica elementos de riesgo que han influido en su comportamiento infractor. Se proyecta acciones para lograr cambios y su actitud es optimista frente a esto […] no muestra intolerancia al aburrimiento y a situaciones rutinarias […] en su estilo de pensamiento y comportamiento, demuestra tener habilidades interpersonales apropiadas para la edad, contexto y circunstancias. Es cauteloso a la hora de tomar decisiones arrepintiéndose de decisiones tomadas en su pasado. No muestra patrón consistente en el uso de agresión en su estilo de vida. No tiene historia de violencia en el logro de sus objetivos […] no presenta fuga ni causas pendientes. Cuenta con apoyo familiar […] no se observan factores de riesgo […] se observan hábitos laborales sostenidos en el tiempo. Siempre se muestra colaborativo con el personal penitenciario, no registra ningún tipo de sanción. Mantiene una adecuada relación con figuras de autoridad dando cuenta de aceptación y cooperación”, es parte del informe que consigna la magistrada que tomó la decisión de otorgar la libertad anticipada y condicional.


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